Sección: Biblioteca Histórica Digital
Título: CAPITULOS generales de las Cortes celebradas en la villa de Madrid, en los años de seiscientos y siete, once y quince, Premáticas, y Cédulas Reales, publicadas en la dicha villa a veinte y dos dias del mes de agosto de mil seiscientos y diez y nieve años
Publicación: Madrid : por Juan de la Cuesta, 1619
Descripción física: [2], 31 .;33-134; []2 en bl. , [8] p. ; Fol
Tipo de contenido: text
Notas: Encuadernado conjuntamente con "Capitulos generales de las Cortes celebradas en la villa de Madrid en los años de seiscientos y siete, onze, y quinze, Prematicas, y Cedulas Reales, publicadas en la dicha villa, â veinte y dos dias del mes de Agosto de mil seiscientos y diez y nueue años" (33-54) ;"Capitulos generales de las Cortes celebradas en la villa de Madrid en los años de seiscientos y siete, onze, y quinze, Prematicas, y Cedulas Reales, publicadas en la dicha villa, â veinte y dos dias del mes de Agosto de mil seiscientos y diez y nueue años" (55-75) y "Prématica a instancia , y suplicación del Reyno, en que se manda, que las decimas execuciones que se hiziere, no se cobren, sino fuere avie[n]do passado setnta y dos horas, desde la en que se travare".(77-60) (i.e.77-80) ; Prématica a instancia del Reyno en que se manda, que ningunos de sus Consejos, Audiencias, ni Jueces inferiores se admitan memoriales sin firma (81-101); Cédula de su Magestad, a instancia del Reyno, por lo cual tiene por bien, y manda, se vayan consumiendo como fueren vacando, las varas de Alguaziles de Corte, hasta quedar en el numero de sesenta: y que cessen los arrendami[n]tos que dellas estuviere[n] hechos, y las sirvan los propietarios (103-106); Cédula de su Magestad, por la qual tiene por bien, y manda , que desde el ´ia de la fecha de esta cedula se consuma el Batallon , ò Milicia, que se ha introdfuzidoen estos Reynos (107-109); Cédula de sus Magestades, à insta[n]cia del Reyno, por la qual ma[n]da, toque[n] a los Ayuntamientos las apelaciones, que se interpusier[n] de sentencias difinitivas de ca[n]tidad de 30[] maravedis; Cédula de su Magestad, à instancia del Reyno, tiene por bien, y manda, que por tiempo de veinte años no se labre ningun genero de moneda de vellon, y manda su Magestad no puedan dispensar en estos los Procuradores de Cortes sin consulta de sus Ciudades y Villas (113-115); Cédula de su magestad, tiene por bien, y manda, salgan del Reyno, dentro de seis meses los Gitanos, que andan vagando por el, y que no buelvan sopena de muerte, con que los que quisieren quedarse sea en lugares de mil vezinos arrva (116); Cédula de su magestad, a instancia del Reyno, tiene por bien, y manda no entres estos REynos sedas ninguna defuera dellos (119-122); Cédula de sus magestades, à instancia del Reyno, tien por bien, y manda , que los Alcaldes de sacas, no pueda sisitar su sestrito, si no fuere de quatro en quatro años, y guarden en el exercicio de sus oficios, la forma que aqui selesda (123-126)(i.e. 125) ; Cédula de su mMagestad, tiene por bien, y manda, que desde el dia de la fecha desta cedula cesse, y se consuman los Cavalleros Quantiosos del Andaluzia (127-128); Cédula de su magestad, por la qual manda. que en todas las ciudades, y villas destos REynos, no aya más Alguaziles, de los que puede aver por executoria, o recaudo, que qualquiera de las dichas ciudades y villas tengasn (129-131); Cédula de su Magestad, por la qual da licencia à qualquier persona que labrare en cada un año veinte y cinco hanegas de tierra, y las semnbrare, pueda andar en coche de dos mulas excepto en la Corte (133-134); Premática para que en favor de los labradores se guarde lo aquí contenido (4 h.)
Marca tip. en cada una de las portadas
Sign.:[calderón]2, A-B8; C-D8, E8; , F-H8, I3, A5
Capitulares
Reclamos
Presenta varios errores en paginación
Materia / geográfico / evento: Cortes-Siglo XVII
Nombre jerárquico lugar: España-Madrid
Autores secundarios: Cuesta, Juan de La, Fl. 1567
Títulos secundarios: CAPITULOS generales de las Cortes celebradas en la villa de Madrid, en los años de seiscientos y siete, once y quince, Premáticas, y Cédulas Reales, publicadas en la dicha villa a veinte y dos dias del mes de agosto de mil seiscientos y diez y nieve años
CDU: 328(463.01)(094.5)
Tipo de publicación: Libros
Derechos: The Public Domain Mark (PDM): http://creativecommons.org/publicdomain/mark/1.0/